En el mundo entero parece existir una
tendencia al aumento del número de reclamos por mala praxis y al incremento de los
montos reclamados y acordados a las víctimas en sentencias judiciales
También en nuestro país se observa un incremento del número
de demandas por mala praxis como así también de las sumas indemnizatorias
reclamadas. En algunos casos, las condenas impuestas por los tribunales locales
superan el millón de pesos.
Según el portal Todo Seguros, son numerosas las razones que
han llevado a esta situación.
Los avances de la ciencia: se ha generalizado una conciencia social que
se ha visto reflejada en los pacientes, por la cual existiría un deber casi
inexcusable de los profesionales tratantes de realizar diagnósticos y terapéuticas
absolutamente certeros, mediante los tratamientos clínicos o intervenciones
quirúrgicas pertinentes. La opinión o actuación del profesional de la salud ya
ha dejado de ser considerada indiscutible, como ha sucedido en tiempos pasados
en los cuales regían principios paternalistas; para pasar a ser ahora
cuestionable, por el tan solo hecho de existir una sombra de duda alrededor del
desempeño del profesional correspondiente, por no haberse llegado a obtener una
cura efectiva o mejora de salud esperada.
El deterioro de la
relación médico-paciente: Hoy día
nadie duda que la masificación de la atención médica, y la intervención médica
como acto colectivo conlleva muchos beneficios a la población. Pero a su vez,
cuenta con desventajas que indiscutiblemente han contribuido al deterioro de la
relación médico paciente.
La difusión del tema
en los medios de comunicación masiva:
El impacto que tiene en el resto de la población la difusión de
contenidos sobre hechos de mala praxis resulta sin dudas significativo por el
hecho de que cada persona repasa su situación y verifica que puede estar siendo
o no víctima de un caso similar.
Los cambios de orden
jurídico: El nuevo enfoque existente
en materia de responsabilidad civil, de acuerdo al cual la indemnización de la
víctima - y no la culpa del agente- es el principal elemento a contemplar; como
asimismo los cambios introducidos a nivel procesal, que permiten una flexibilización
en la prueba que el paciente-actor debe producir en un juicio (por aplicación
de presunciones judiciales, o de la teoría de las "cargas probatorias
dinámicas", etc.), constituyen también factores que hacen al estado actual
de la cuestión, cita Todo Seguros.
Otras razones:
Finalmente, se ha esgrimido que ante el nuevo esquema de
indemnización tarificado de los accidentes de trabajo y las limitaciones
impuestas a las indemnizaciones en materia de accidentes de tránsito -ej.:
transporte colectivo de pasajeros-, la mala praxis profesional aparece como un
área en el cual las acciones por responsabilidad aún pueden ejercerse sin
mayores limitaciones.
Desde algunos sectores también se plantea que la crisis
educacional -que afectaría también la formación de los profesionales médicos-
contribuye a la efectiva producción de actos de mala praxis.
Desde la perspectiva
de médico
Teniendo en cuenta todo lo antedicho, es que cada vez más
empresas de seguro buscan proteger a las médicas y médicos al ofrecerle
distintos tipos de coberturas que lo acompañen en su quehacer profesional.
Este tipo de cobertura cubre la Responsabilidad Civil del
profesional por el acto médico que diera origen a daños y/o perjuicios que
pudieran ocasionar a terceros en razón
de su actuación profesional. Este acto quedará cubierto siempre y cuando el hecho haya ocurrido
durante el período de vigencia de la póliza (o su retroactividad) y que el
damnificado formule su reclamo y lo notifique fehacientemente en ese plazo o
bien durante en el período de extensión de denuncias.
Sin dudas, en todos los casos también se pone énfasis en la
necesidad de prevenir estas situaciones y en estas estrategias, una adecuada
comunicación médico paciente y el respeto por sus derechos son herramientas
fundamentales.
Desde la perspectiva
del paciente
Por su parte, las empresas o profesionales que asesoran a
quienes podrían haber sido víctima de mala praxis también insisten en la
capacitación para evitar iniciar demandas que podrían resultar infructuosas si
no son planteadas adecuadamente.
La pregunta es si por todo acto médico que produjo daño, la
persona tiene derecho a percibir un resarcimiento económico. Como regla general, una vez acreditada la
existencia de un daño (actual o futuro), surge la obligación de resarcir si ha
habido una conducta antijurídica, si el médico ha actuado con culpa y si,
además, existe una relación causal entre dicha culpa y el daño sufrido.
"Daño" es toda alteración de la integridad
psicofísica de la persona, con repercusiones materiales e inmateriales. Por eso
se puede hablar de:
* daño físico (lesiones)
* daño psicológico
* daño material (económico, incapacidades orgánicas o
psíquicas)
* daño inmaterial (o "moral": sufrimiento,
angustias, dolor)
* daño estético
En todo juicio siempre está la duda de quién está obligado a
pagar el resarcimiento económico, si el profesional asistente o la institución para
la que él o ella trabajan. También se suma como factor importante las obras
sociales. La respuesta dependerá del caso y las responsabilidades de cada
sector. Si el caso involucra a un hospital público, éste también debería
hacerse cargo ya que no existe ninguna diferencia –en cuanto a la
responsabilidad emergente del acto médico- si el ente asistencial dependía del
gobierno municipal, provincial o nacional.
Es importante saber que el juicio por mala praxis siempre
inicia con una demanda civil, pero en el caso de que el fiscal pruebe que el
facultativo cometió un delito de los que contempla el Código Penal, por ejemplo
lesiones graves u homicidio culposo, la carátula cambia y se trataría de un
juicio penal.
Para finalizar, vale aclarar que son numerosas las empresas
y abogados en todo el mundo que se
dedican al acompañamiento de personas que desean enjuiciar a los profesionales
de la salud por casos de mala praxis. Generalmente,
estos juicios son extensos. El tiempo promedio pudiera fijarse entre tres y
cuatro años, hasta la sentencia de primera instancia. Pero también es posible
que, si el caso es muy claro y está bien planteado, se arribe a una solución
transaccional mucho tiempo antes.
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