martes, 1 de octubre de 2013

El fenómeno de los juicios por mala práxis

En el mundo entero parece existir una tendencia al aumento del número de reclamos por mala praxis y al incremento de los montos reclamados y acordados a las víctimas en sentencias judiciales


También en nuestro país se observa un incremento del número de demandas por mala praxis como así también de las sumas indemnizatorias reclamadas. En algunos casos, las condenas impuestas por los tribunales locales superan el millón de pesos.
Según el portal Todo Seguros, son numerosas las razones que han llevado a esta situación.
Los avances de la ciencia:  se ha generalizado una conciencia social que se ha visto reflejada en los pacientes, por la cual existiría un deber casi inexcusable de los profesionales tratantes de realizar diagnósticos y terapéuticas absolutamente certeros, mediante los tratamientos clínicos o intervenciones quirúrgicas pertinentes. La opinión o actuación del profesional de la salud ya ha dejado de ser considerada indiscutible, como ha sucedido en tiempos pasados en los cuales regían principios paternalistas; para pasar a ser ahora cuestionable, por el tan solo hecho de existir una sombra de duda alrededor del desempeño del profesional correspondiente, por no haberse llegado a obtener una cura efectiva o mejora de salud esperada.
El deterioro de la relación médico-paciente:  Hoy día nadie duda que la masificación de la atención médica, y la intervención médica como acto colectivo conlleva muchos beneficios a la población. Pero a su vez, cuenta con desventajas que indiscutiblemente han contribuido al deterioro de la relación médico paciente.
La difusión del tema en los medios de comunicación masiva:  El impacto que tiene en el resto de la población la difusión de contenidos sobre hechos de mala praxis resulta sin dudas significativo por el hecho de que cada persona repasa su situación y verifica que puede estar siendo o no víctima de un caso similar.
Los cambios de orden jurídico:  El nuevo enfoque existente en materia de responsabilidad civil, de acuerdo al cual la indemnización de la víctima - y no la culpa del agente- es el principal elemento a contemplar; como asimismo los cambios introducidos a nivel procesal, que permiten una flexibilización en la prueba que el paciente-actor debe producir en un juicio (por aplicación de presunciones judiciales, o de la teoría de las "cargas probatorias dinámicas", etc.), constituyen también factores que hacen al estado actual de la cuestión, cita Todo Seguros.
Otras razones:
Finalmente, se ha esgrimido que ante el nuevo esquema de indemnización tarificado de los accidentes de trabajo y las limitaciones impuestas a las indemnizaciones en materia de accidentes de tránsito -ej.: transporte colectivo de pasajeros-, la mala praxis profesional aparece como un área en el cual las acciones por responsabilidad aún pueden ejercerse sin mayores limitaciones.

Desde algunos sectores también se plantea que la crisis educacional -que afectaría también la formación de los profesionales médicos- contribuye a la efectiva producción de actos de mala praxis.
Desde la perspectiva de médico
Teniendo en cuenta todo lo antedicho, es que cada vez más empresas de seguro buscan proteger a las médicas y médicos al ofrecerle distintos tipos de coberturas que lo acompañen en su quehacer profesional.
Este tipo de cobertura cubre la Responsabilidad Civil del profesional por el acto médico que diera origen a daños y/o perjuicios que pudieran ocasionar a  terceros en razón de su actuación profesional. Este acto quedará cubierto  siempre y cuando el hecho haya ocurrido durante el período de vigencia de la póliza (o su retroactividad) y que el damnificado formule su reclamo y lo notifique fehacientemente en ese plazo o bien durante en el período de extensión de denuncias. 
Sin dudas, en todos los casos también se pone énfasis en la necesidad de prevenir estas situaciones y en estas estrategias, una adecuada comunicación médico paciente y el respeto por sus derechos son herramientas fundamentales.
Desde la perspectiva del paciente
Por su parte, las empresas o profesionales que asesoran a quienes podrían haber sido víctima de mala praxis también insisten en la capacitación para evitar iniciar demandas que podrían resultar infructuosas si no son planteadas adecuadamente.
La pregunta es si por todo acto médico que produjo daño, la persona tiene derecho a percibir un resarcimiento económico.  Como regla general, una vez acreditada la existencia de un daño (actual o futuro), surge la obligación de resarcir si ha habido una conducta antijurídica, si el médico ha actuado con culpa y si, además, existe una relación causal entre dicha culpa y el daño sufrido.
"Daño" es toda alteración de la integridad psicofísica de la persona, con repercusiones materiales e inmateriales. Por eso se puede hablar de:
* daño físico (lesiones)
* daño psicológico
* daño material (económico, incapacidades orgánicas o psíquicas)
* daño inmaterial (o "moral": sufrimiento, angustias, dolor)
* daño estético
En todo juicio siempre está la duda de quién está obligado a pagar el resarcimiento económico, si el profesional asistente o la institución para la que él o ella trabajan. También se suma como factor importante las obras sociales. La respuesta dependerá del caso y las responsabilidades de cada sector. Si el caso involucra a un hospital público, éste también debería hacerse cargo ya que no existe ninguna diferencia –en cuanto a la responsabilidad emergente del acto médico- si el ente asistencial dependía del gobierno municipal, provincial o nacional.
Es importante saber que el juicio por mala praxis siempre inicia con una demanda civil, pero en el caso de que el fiscal pruebe que el facultativo cometió un delito de los que contempla el Código Penal, por ejemplo lesiones graves u homicidio culposo, la carátula cambia y se trataría de un juicio penal.

Para finalizar, vale aclarar que son numerosas las empresas y abogados en todo el mundo  que se dedican al acompañamiento de personas que desean enjuiciar a los profesionales de la salud por casos de mala praxis.  Generalmente, estos juicios son extensos. El tiempo promedio pudiera fijarse entre tres y cuatro años, hasta la sentencia de primera instancia. Pero también es posible que, si el caso es muy claro y está bien planteado, se arribe a una solución transaccional mucho tiempo antes.

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